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Informes técnicos, con dictamen y valoración.

 

Es importante saber identificar correctamente ¿Que se pretende demostrar?, ¿ A quien se le pretende demostrar?  (no es lo igual a otro técnico que tiene un conocimiento del vocabulario de la profesión, que a los elementos participantes en un juicio, donde el uso de términos entendibles por todos proporciona una ventaja considerable); y normalmente, establecer el valor de lo demostrado.

 

Informe Pericial

 

Años de experiencia, nos dan una perspectiva general de cual es la misión del arquitecto-perito en los procesos judiciales.

 

Esto nos permite, conocer la forma, los medios y el momento es que podemos exponer los hechos, como justificar nuestro análisis posterior, y finalmente

sacar unas conclusiones coherentes, con lo anteriormente expuesto.

 

Posteriormente hace falta un buen conocedor de la base de datos del CIEC para establecer una valor, adecuado a la solución que se justifique en nuestra conclusión. 

Asistencia al Juzgado

 

La emisión de un Informe Pericial, debe ir acompañado de la defensa de dicho informe en el correspondiente Juzgado. Frente al informe del técnico-perito de la parte o partes contrarias.

 

Aquí adquiere importancia, la lectura y comprensión de los informes periciales de las otras partes; de manera que podamos defender nuestra tésis en el interrogatorio de letrados contrarios.

 

Asesorando al letrado de nuestra parte, sobre las preguntas que pueden ayudar a desmontar las demás pericias, y finalmente explicarle los términos técnicos de especial importancia en el juicio.

Tasación contradictoria

 

El conocimiento del R.D. 1020/93, nos permite exprimir al máximo los ámbitos de aplicaciòn de los coeficientes para la reducción del valor. De manera que la administración pública los acepte.

 

El argumentar adecuadamente el factor corrector de mercado, con los testigos necesarios.

 

Empezando por una correcta medición de las superficies, establecer una fecha de construcción demostrable, y aportar documentación suficiente de la calidad constructiva y estado de conservacion del inmueble objeto de la tasación contradictoria.

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